JurídicoESEN
Order (Auto)June 8, 2023

A- de 2023

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alejandro Linares Cantillo

✓Claimant Pedro·Respondent Jurisdiccion Especial Para La Paz, Unidad Nacional De Proteccion, Presidente De La Republica Y Alto Comisionado Para La Paz

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia suscitado entre la Subsección 2ª, de la Sección de Revisión, del Tribunal para la Paz y el Juzgado 2° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Neiva.

Encontró la Corte que en este caso la controversia entre las autoridades involucradas se suscitó en la interpretación del factor subjetivo.

Ambas, declararon su falta de competencia para conocer la acción de tutela deprecada, invocando el artículo 8 transitorio del título transitorio de la Constitución.

Adicionalmente, el juzgado al remitir las actuaciones a la Corte Constitucional indicó que, en la medida en que la JEP aparecía como una de las entidades demandadas, se habilitaba la competencia de dicha jurisdicción para el conocimiento del asunto.

Se dirimió el asunto con la remisión del expediente a la oficina de apoyo judicial de la ciudad de Bogotá D.C., para que se realice nuevamente el reparto del asunto entre los jueces del circuito o con igual categoría.

Lo anterior, teniendo en cuenta que las decisiones administrativas tomadas por la UNP, por medio de las cuales modificó el esquema de protección del demandante, fueron adoptadas en las oficinas de dicha ciudad, lo que supone que los jueces del circuito o con igual categoría, a prevención, son quienes deben conocer del asunto, de acuerdo con las reglas de reparto y el factor de competencia territorial previsto en los artículos 32 y 37 del Decreto Ley 2591 de 1991.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el ** de ** de 20** por el Juzgado 2° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Neiva (Huila), en el marco del trámite de la acción de tutela promovida por el señor PEDRO.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4391 a la oficina de apoyo judicial de la ciudad de Bogotá D.C., para que se realice nuevamente el reparto del asunto entre los jueces del circuito o con igual categoría.
  3. Tercero. Por Secretaría General de la Corte, COMUNICAR la presente decisión a la parte demandante, a la Subsección 2ª, de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz y al Juzgado 2° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Neiva (Huila).
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.