A- de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Claimant Edgar Hernando Hernandez Acosta·Respondent Fiduciaria La Previsora S.A
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- No corresponde a quienes la ejercen determinar a priori contra quienes se dirige la acción de tutela
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Penal Municipal de Facatativá (Cundinamarca) y el Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
La Corte constató que en este caso solo se configuró un conflicto aparente de competencia, porque el juzgado penal decidió tomar las reglas de reparto contenidas en el artículo 1º del Decreto 1983 de 2017 para abstenerse de asumir el conocimiento del asunto y emitir un pronunciamiento de fondo.
Adicionalmente, analizó de manera preliminar la admisión de la demanda y decidió respecto de la conformación del contradictorio, con el fin de declarar su incompetencia para resolver el fondo del asunto.
Concluye la Corte que quien tiene la competencia para resolver la acción de tutela de la referencia es aquella a la que se repartió en primer término la solicitud, esto es, el Juzgado Primero Penal Municipal de Facatativá, a quien se dispone enviar el expediente para que de manera inmediata le imparta el trámite a que haya lugar.
Se hace una advertencia a esta autoridad para en lo sucesivo observe con estricto rigor la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto, así como abstenerse de formular conflictos aparentes de competencia que demoren las decisiones que debe adoptar como juez constitucional.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (8 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 4 de febrero de 2020 por el Juzgado
- Primero. Penal Municipal de Facatativa, dentro del proceso de tutela promovido por Edgar Hernando Hernandez Acosta en contra de la Fiduciaria La Previsora S.A.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-3818 al Juzgado
- Primero. Penal Municipal de Facatativa para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a la que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado
- Primero. Penal Municipal de Facatativa que, en lo sucesivo, debe observar con estricto rigor la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto y abstenerse de formular conflictos aparentes de competencia que demoren las decisiones que debe adoptar como juez constitucional.
- CUARTO. Por intermedio de la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR al accionante y al Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Facatativa la decision adoptada en esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.