A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Natalia Ángel Cabo
✓Claimant Lyneira Juliana Guevara Rodrígue Y Otro·Respondent Superintendencia De Sociedadea
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Debe asumir diligentemente las funciones que le corresponden y decidir la impugnación presentada
- Competencia no puede ser alterada en primera ni en segunda instancia pues se afectaría la finalidad de la acción de tutela
- Los únicos factores de competencia en materia de tutela son el territorial, el subjetivo y el funcional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia y la Sala Civil y de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga.
Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente en la medida en que la primera Corporación concluyó que carecía de competencia para tramitar la impugnación del fallo de primera instancia, con base en la aplicación de las reglas de reparto previstas en el artículo 1 del Decreto 333 de 2021, que modificó el Decreto 1069 de 2015.
Se dirimió el asunto con la remisión del expediente a la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia para que, de manera inmediata, tramite la impugnación formulada.
Se hizo una advertencia a la precitada autoridad para que, lo sucesivo, adecúe sus actuaciones en materia de competencia en tutela a las reglas reiteradas en esta providencia sobre (i) la imposibilidad de apartarse del conocimiento de un asunto de tutela con fundamento en la aplicación de reglas de reparto; (ii) el alcance del principio de perpetuación de la jurisdicción en estos asuntos y (iii) la inadecuada interpretación de la especialidad como factor de competencia en materia de tutela.
Lo anterior, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
Al otro operador jurídico involucrado se le advirtió que, cuando considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto por las autoridades establecidas en la Ley 270 de 1996.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 13 de mayo de 2025 en el que la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia decretó la nulidad de todo lo actuado en el proceso de tutela y declaró su falta de competencia sobre el asunto de la referencia.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-5039 a la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia para que, de manera inmediata, tramite la impugnación del fallo proferido el 3 de abril de 2025 por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga.
- Tercero. ADVERTIR a la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de que, en lo sucesivo, adecúe sus actuaciones en materia de competencia en tutela a las reglas reiteradas en esta providencia sobre (i) la imposibilidad de apartarse del conocimiento de un asunto de tutela con fundamento en la aplicación de reglas de reparto; (ii) el alcance del principio de perpetuación de la jurisdicción en estos asuntos y (iii) la inadecuada interpretación de la especialidad como factor de competencia en materia de tutela. Esto, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- Cuarto. ADVERTIR a la Sala Civil y de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga que, cuando considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto por las autoridades establecidas en la Ley 270 de 1996.
- Quinto. ADVERTIR al Juzgado 006 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bucaramanga para que, en el futuro, se abstenga de apartarse del conocimiento de acciones de tutela con fundamento en simples reglas de reparto.
- Sexto. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y a la Sala Civil y de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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