JurídicoESEN
Order (Auto)August 3, 2022

A- de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

✓Claimant De Oficio Procesado Leal Garcia Luis Enrique·Respondent Leal Garcia Luis Enrique

✓
Topic · hard data
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Subjetivo-No Existe Pronunciamiento De La Jurisdicción Penal Militar En El Que Reclame O Niegue Su Competencia Para Asumir Proceso Penal.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones propuesto por el Juzgado Noveno Penal del Circuito de Bogotá.

La controversia tuvo su origen en una investigación penal adelantada en contra de un ciudadano por el delito de acoso sexual agravado en concurso heterogéneo con acto sexual violento agravado.

La Sala observa que en el asunto de la referencia no se satisface el presupuesto subjetivo y, por tanto, no está configurado conflicto interjurisdiccional alguno.

En este caso se tiene que, ante la solicitud del abogado defensor, el Juzgado Noveno Penal del Circuito de Bogotá remitió el expediente a la Corte Constitucional, sin que exista pronunciamiento de la jurisdicción penal militar en el que reclame o niegue su competencia para asumir el proceso descrito con anterioridad.

Asimismo, la Sala constata que el Juzgado Noveno Penal del Circuito de Bogotá tampoco realizó un reclamo formal, expreso, claro e inequívoco de la jurisdicción, pues solo se limitó a dar trámite a la solicitud del abogado defensor, sin realizar un pronunciamiento frente a la competencia y dejando de lado que las autoridades judiciales son las únicas que se encuentran legitimadas para provocar conflictos entre jurisdicciones.

Por ende, se está ante un conflicto inexistente por incumplimiento del presupuesto subjetivo.

Como consecuencia, se declarará la inhibición respectiva y se enviará el expediente al Juzgado de origen para lo de su competencia y para que comunique esta decisión a los interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para resolver el conflicto de jurisdicciones dentro del proceso penal radicado bajo el número 110016000050-2017-43881-00 seguido en contra del señor Luis Enrique Leal García por el delito de acoso sexual agravado en concurso heterogéneo con acto sexual violento agravado, en razón a las consideraciones expuestas en la presente providencia.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-2401 al Juzgado 9 Penal del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

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