JurídicoESEN
Order (Auto)August 12, 2026

A-1100 de 2026

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Topic · hard data
Sin Información
01

Topics and subtopics of the ruling

The case-law reporter has not yet indexed topics for this decision. The summary below describes what it is about.
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Sin información

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (3 points)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 9 de julio de 2026, dictado por el Juzgado 003 Administrativo del Circuito de San Gil, en el marco de la acci�n de tutela promovida por H�ctor Mendoza contra la Direcci�n de Sanidad de la Polic�a Nacional � Seccional Santander y el Centro de Diagn�stico y Cirug�a Ocular CEDCO SAS.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5539 al Juzgado 003 Administrativo del Circuito de San Gil , para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisi�n a la que haya lugar .
  3. TERCERO. Por Secretar�a General, COMUNICAR a la parte actora y al Juzgado 007 Laboral del Circuito de Bucaramanga la decisi�n adoptada mediante esta providencia. Notif�quese, comun�quese y c�mplase, PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digital, archivo �001_001_001CUADERNO1PRINCIPAL.pdf�. Solicit� como pretensiones que se tutelen sus derechos y que en consecuencia se le ordene a las accionadas: (i) programar el procedimiento como lo ordena el m�dico tratante; y (ii) cubrir los costos de traslado, alojamiento y alimentaci�n del paciente y un acompa�ante, teniendo en cuenta que el procedimiento y las citas de control se realizan en Bucaramanga. [2] El auto que remite la actuaci�n al parecer contiene un error tipogr�fico en el mes de su expedici�n, pues el expediente fue repartido a ese despacho el 8 de julio de 2026. En consecuencia, la fecha del auto debe corresponder al mes de julio y no al mes de junio, como figura en el archivo. [3] Expediente digital, archivo � 008Autoqueremite_20260018000Autoremit.pdf �, p. 1. [4] Expediente digital, archivo �04AutoNoAvocaRemitePorCompetencia.pdf�, p. 2. [5] El 14 de julio de 2026, el Juzgado 007 Laboral del Circuito de Bucaramanga remiti� el expediente a la Corte Constitucional. Luego, el 23 de julio de 2026, la Sala Plena de la Corte reparti� el expediente ICC�5539 a la magistrada ponente. El expediente fue enviado al despacho en la misma fecha.. [6] Corte Constitucional, Auto 210 de 2021. [7] Corte Constitucional, Auto 053 de 2018. De acuerdo con la jurisprudencia constitucional, a partir del art�culo 37 del Decreto 2591 es posible interpretar que �existe un inter�s del ordenamiento en proteger la libertad del actor en relaci�n con la posibilidad de elegir el juez competente para resolver la acci�n de tutela que desea promover�.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

No bench composition is recorded for this decision. For tutela rulings and orders, often only the reporting justice is known.
04

How it connects

This decision has no citations or indexed topics in the Court's graph yet.