A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Natalia Ángel Cabo
✓Claimant Agudelo Castaño Juan Camilo Y Otros·Respondent Empresas Varias De Medellin Sa Esp Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias sobre relaciones laborales con empresas de servicios temporales cuando la entidad pública es usuaria y la regla de vinculación es de trabajador oficial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 013 Laboral del Circuito de Medellín y el Juzgado 039 Administrativo Oral del Circuito de Medellín, originado por una demanda ordinaria laboral presentada por unos ciudadanos, en contra de las Empresas Varias de Medellín S.A., E.S.P. y la Fundación Universidad de Antioquia, con el fin de que se declare que los demandantes estuvieron vinculados laboralmente a Empresas Varias, mientras que la fundación actuó como una simple intermediaria y los vinculó a la misma como trabajadores en misión y, se condene a las demandadas, de manera solidaria, al pago y reconocimiento de los derechos laborales correspondientes.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena indica que, según la información revisada, EMVARIAS S.A.
E.S.P se transformó en una empresa prestadora de servicios públicos oficial por autorización del Acuerdo 021 de 2013 proferido por el Concejo Municipal de Medellín y, la forma de vinculación con una empresa de tal naturaleza es como trabajadores oficiales, sin perjuicio de la posibilidad de definir los cargos de dirección, confianza y manejo.
En este caso, dado que los demandantes fueron contratados como conductores, prima facie, no es posible desvirtuar el régimen general de vinculación de la entidad como trabajadores oficiales.
Bajo estos supuestos, es dable aplicar y reiterar la regla del Auto 1416/24 que asigna la competencia para conocer del asunto a la Jurisdicción ordinaria especialidad laboral.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 013 Laboral del Circuito de Medellín y el Juzgado 039 Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 013 Laboral del Circuito de Medellín es la autoridad competente para conocer de la demanda ordinaria laboral promovida por los señores Juan Camilo Agudelo Castaño, Diego Andrés Bedoya Puertas y Ubaldo Jaramillo Céspedes en contra de las Empresas Varias de Medellín S.A. - E.S.P. y de la Fundación Universidad de Antioquia.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6761 al Juzgado 013 Laboral del Circuito de Medellín para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado 039 Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.