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Order (Auto)July 23, 2025

A- de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Juan Carlos Cortés González

✓Claimant --·Respondent Juan, Otros

✓
Topic · hard data
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Elemento Subjetivo-No Se Configuró Una Violación De Derechos Humanos Que Activen La Facultad De La Fiscalía Para Reclamar La Competencia.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto entre la Fiscalía 000 de la Unidad de Delitos X de Campo y el Juzgado 000 Penal Militar de Campo, suscitado por un proceso penal adelantado en contra de un patrullero de la Policía Nacional, por la presunta comisión del delito de lesiones personales.

Al revisar el cumplimiento de los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en este caso no se configuró un conflicto de competencia de tal naturaleza, toda vez que no se cumple con el presupuesto subjetivo.

Se tiene que, tanto la Fiscalía 000 de la Unidad de Delitos X de Campo como el Juzgado 000 Penal Militar rechazaron su competencia para asumir el conocimiento del caso.

Conforme lo establecido en el Auto 196/22, la Fiscalía General de la Nación está habilitada para promover conflictos de competencia entre jurisdicciones cuando se cumplan los siguientes criterios: (i) que el proceso se encuentre en etapa de investigación; (ii) que el conflicto se suscite con la Justicia Penal Militar; y (iii) que la conducta investigada pueda constituir una grave violación de derechos humanos.

En este caso, la conducta investigada corresponde al delito de lesiones personales, la cual no se enmarca en aquellas constitutivas de graves violaciones a los derechos humanos.

Esto conlleva a concluir que la Fiscalía General de la Nación no estaba legitimada en la causa por activa para promover el conflicto de competencia entre jurisdicciones.

En consecuencia, la Sala se declara inhibida para conocer del asunto.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver el aparente conflicto de competencia entre jurisdicciones remitido por la Fiscalía 000 de la Unidad de Delitos X de Campo.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6752 a la Fiscalía General de la Nación para lo de su competencia.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.