JurídicoESEN
Order (Auto)November 24, 2021

A- de 2021

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alberto Rojas Ríos

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Topic · hard data
Proceso Promovido Por Un Trabajador Particular Que Pretende Controvertir La Decisión Administrativa A Través De La Cual Se Modificó Un Derecho Relacionado Con La Seguridad Social.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conflictos en sistema de seguridad social integral
Conflicto Negativo De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
2 topics · 2 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección B y el Juzgado Dieciséis Laboral del Circuito de Bogotá D.C.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta por una ciudadana en contra de la UGPP, pretendiendo la nulidad de la resolución a través de la cual se modificó su mesada pensional por compartabilidad y se ordenó el pago de un mayor valor.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 710/21, mediante el cual se concluyó que la naturaleza del acto demandado no determina de forma exclusiva la competencia para conocer de un asunto enmarcado en tal materia, puesto que en estos casos es especialmente relevante verificar, de ser posible, la naturaleza de la vinculación laboral del solicitante al momento de causarse la prestación.

Es decir, que de conformidad con lo dispuesto en la cláusula general de competencia contenida en el artículo 2° del CPTSS, corresponde a la Jurisdicción Ordinaria Laboral conocer de los procesos judiciales relacionados con la seguridad social de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado.

Por otro lado, en atención a lo establecido en el artículo 104.4 del CPACA, serán de conocimiento de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo las demandas relacionadas con la seguridad social de los empleados públicos, cuando su régimen sea administrado por una persona de derecho público, para lo cual deberá valorarse el tipo de vinculación al momento de causarse la prestación, atendiendo a cada situación en particular.

Con base en lo anterior se ordena el envío del expediente al Juzgado Dieciséis Laboral del Circuito de Bogotá, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Seccion Segunda, Subseccion B y el Juzgado Dieciseis Laboral del Circuito de Bogota, respecto del expediente identificado con el radicado 25000234200020180246100 en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado Dieciseis Laboral del Circuito de Bogota asumir la competencia de la demanda promovida por Yolanda Eugenia Pardo Jourdin contra la Unidad de Gestion Pensional y Parafiscales -UGPP, de acuerdo con las consideraciones del presente auto.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaria General, REMITIR el expediente CJU-830 al Juzgado Dieciseis Laboral del Circuito de Bogota, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decision a los interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.