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Order (Auto)July 23, 2025

A- de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Natalia Ángel Cabo

✓Claimant Idear·Respondent Quiroga Mancilla Marcela

✓
Topic · hard data
Proceso Ejecutivo Hipotecario En El Que Hace Parte Una Entidad Pública.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Procesos ejecutivos hipotecarios en los que haga parte una entidad pública
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto entre el Juzgado 001 Administrativo de Arauca y el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca, causado por una demanda ejecutiva de mínima cuantía con garantía real presentada por el Instituto de Desarrollo de Arauca (IDEAR), en contra de una ciudadana, con el fin de que se libre mandamiento de pago por concepto de una deuda adquirida y respaldada con un pagaré, que no se encuentra pagada en su totalidad.

Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena destaca que, el IDEAR es una entidad pública, un establecimiento público de carácter departamental, descentralizado, de fomento, promoción y desarrollo, dotado con personería jurídica, autonomía administrativa, así como de patrimonio propio que hace parte de las instituciones denominadas en el Estado Colombiano como Institutos de Fomento y Desarrollo Territorial, INFIS.

La Sala encuentra que caso se ajusta a la regla del Auto 1089/22, según la cual, de conformidad con el artículo 15 del Código General del Proceso, la jurisdicción ordinaria en su especialidad civil es la competente para conocer de los procesos ejecutivos hipotecarios en los que haga parte una entidad pública.

Lo anterior, con fundamento en que el proceso busca hacer efectiva una garantía hipotecaria, que es un derecho real, por lo que no se activa la cláusula de competencia establecida en el artículo 104.6 del CPACA.

La Sala remite el expediente al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca para que proceda con lo de su competencia.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 001 Administrativo de Arauca y el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca es la autoridad competente para conocer la acción ejecutiva promovida por el Instituto de Desarrollo de Arauca contra la señora Marcela Quiroga Mancilla.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6672 al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 001 Administrativo de Arauca, a las partes y a los demás interesados en el proceso.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.