A- de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Competencia de la Corte Constitucional
- Inexistencia
- Funciones no jurisdiccionales
- Legitimación para proponer el conflicto de competencia entre la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción especial para la paz
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicción entre la Fiscalía General de la Nación y la Jurisdicción Especial para la Paz.
Analizado el asunto concluyó la Corte que no se configuró un conflicto de competencia entre jurisdicciones, en la medida en que la Fiscalía no ejerce función jurisdiccional y solo funge como ente investigador del sistema penal acusatorio, por lo que, al tratarse de un asunto de la Ley 906 de 2004, actúa dentro del mismo como parte y la jurisprudencia constitucional ha rechazado la posibilidad de que las partes propongan directamente un conflicto de jurisdicciones.
La Sala Plena de la Corporación recuerda que el nacimiento de esta clase de controversias requiere que dos o más autoridades investidas de facultad jurisdiccional, de distintas jurisdicciones, se declaren competentes o incompetentes para conocer un proceso.
Con base en la anterior consideración la Corte se INHIBE de decidir el asunto por la inexistencia del conflicto de competencia entre jurisdicciones propuesto y ordena devolver el expediente a la Fiscalía General de la Nación/ Fiscalía 116 Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos de Neiva/, para lo de su cargo.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. INHIBIRSE de decidir el asunto planteado por la Fiscalía General de la Nación -Fiscalía 116 Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos de Neiva-, respecto de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz, dentro del proceso penal con radicado No. 410016000716201580008, por inexistencia de conflicto de competencia entre jurisdicciones, acorde con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
- Segundo. Por medio de la Secretaría General de esta Corporación, DEVOLVER el expediente CJU-0062 a la Fiscalía General de la Nación -Fiscalía 116 Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos de Neiva-.
- Tercero. Por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la presente decisión a la Fiscalía General de la Nación y a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz. Asimismo, SOLICITAR a dicha Sala que comunique el presente auto a los sujetos procesales dentro del trámite penal correspondiente.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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