A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Claimant Edelmira Ramirez Gil·Respondent Municipio De Cocorná Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
- Factor territorial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia en materia de tutela suscitado entre el Juzgado Trece Penal del Circuito de Medellín y el Juzgado Promiscuo de Familia de El Santuario (Antioquia).La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambas autoridades presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.
Teniendo en cuenta que los dos despachos tienen competencia para tramitar la acción de tutela impetrada, la Corte, con arreglo al principio a prevención, determinó que fuera el Juzgado Trece Penal del Circuito de Medellín quien lo hiciera.
Se ordenó enviar el expediente a este operador jurídico para que, de forma inmediata, continúe con el trámite respectivo y profiera la decisión de fondo a que haya lugar.
Al otro despacho involucrado se le advierte que, en lo sucesivo, deberá observar con estricto rigor las normas que regulan la competencia en materia de tutela y la jurisprudencia de la Corporación sobre los conflictos de competencia en estos asuntos, en especial las reglas reiteradas en la presente decisión.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 23 de noviembre de 2021, proferido por el Juzgado Trece Penal del Circuito de Medellín, dentro del Expediente ICC-4129.
- SEGUNDO. REMITIR al Juzgado Trece Penal del Circuito de Medellín el expediente ICC-4129 para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar en relación con la acción de tutela interpuesta por Edelmira Ramírez Gil, en calidad de representante legal de Inversiones Cocorná Ramírez CIA. E.C.S., en contra del Municipio de Cocorná (Antioquia), el Ministerio de Defensa-Policía Nacional y la señora Fanny Mejía.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo de Familia de El Santuario (Antioquia) que, en lo sucesivo, deberá observar con estricto rigor las normas que regulan la competencia en materia de tutela y la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en estos asuntos, en especial las reglas reiteradas en la presente providencia.
- CUARTO. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado Promiscuo de Familia de El Santuario (Antioquia).
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.