A- de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
✓Claimant Ana Coronado Castro·Respondent Secretaria De Educacion De Soledad
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
- Factor territorial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto negativo de competencia en materia de tutela suscitado entre el Juzgado Noveno Administrativo de Barranquilla y el Juzgado Primero Promiscuo de Familia del Circuito de Soledad.
La controversia entre las autoridades judiciales involucradas se generó en torno a las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambas, expusieron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se produjo el daño y los efectos del mismo.
Teniendo en cuenta que los dos despachos tienen competencia para tramitar el mecanismo de amparo, la Corte decidió aplicar el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991 y, por la competencia a prevención propia de la acción de tutela, respectar la elección de la accionante.
Con base en lo anterior, ordenó remitir el expediente al Juzgado Primero Promiscuo de Familia del Circuito de Soledad para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se advierte a esta autoridad que, en caso de considerar que existe un conflicto de competencia en materia de tutela este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (8 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 11 de diciembre de 2020, proferido por el Juzgado
- Primero. Promiscuo de Familia del Circuito de Soledad, dentro de la accion de tutela instaurada por la senora Ana Coronado Castro contra la Secretaria de Educacion del municipio de Soledad y el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio -Fomag-.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC- 3946, que contiene la accion de tutela presentada por la senora Ana Coronado Castro, al Juzgado
- Primero. Promiscuo de Familia del Circuito de Soledad para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Primero. Promiscuo de Familia del Circuito de Soledad que en caso de considerar que existe un conflicto de competencia en materia de tutela este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018 de esta Corporacion.
- Cuarto. Por Secretaria General, COMUNICAR a la accionante, al Juzgado
- Noveno. Administrativo de Barranquilla y a la Sala Mixta del Tribunal Superior de Barranquilla, la decision adoptada en esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.