A- de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Claimant Luis Camilo Osorio Isaza Y Otra·Respondent Consejo De Estado, Seccion Tercera Subseccion A
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Suspensión de providencia judicial, hasta que la Sala emita pronunciamiento de fondo
- Procedencia según Decreto 2591/91 artículo 7
- Facultad de adoptar de oficio medidas provisionales
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Con el presente auto la Sala Tercera de Revisión consideró necesario y urgente, como medida provisional, suspender las órdenes de pago decretadas en contra de los accionantes con ocasión de las sentencias dictadas en los procesos de repetición en los cuales se decretó su responsabilidad, mientras se surte el trámite de las correspondientes acciones de tutela.
La anterior decisión se toma para que el fallo que le corresponde adoptar a la Corporación sea eficaz, en el evento de resultar favorable a las pretensiones de las demandas.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- PRIMERO. Como medida provisional para proteger los derechos invocados por Luis Camilo Osorio Isaza, en el expediente T-7.616.782, SUSPENDER los efectos del numeral
- SEGUNDO. de la parte resolutiva de la sentencia de unica instancia del 13 de noviembre de 2018, proferida por la Seccion Tercera, Subseccion A, del Consejo de Estado, mientras se surte el tramite de la presente accion de tutela, para que la decision que le corresponde adoptar a esta Corporacion resulte eficaz en caso de resultar favorable a las pretensiones de la demanda.
- SEGUNDO. Con fundamento en el articulo 16 del Decreto 2591 de 1991 y en el interes de garantizar la eficacia de la medida provisional adoptada en el presente asunto, por conducto de la Secretaria General de esta Corporacion, ORDENAR, en el expediente T-7.616.782, que se notifique por el medio mas expedito posible esta providencia a Luis Camilo Osorio Isaza, a la Seccion Tercera, Subseccion A, del Consejo de Estado, y a la Fiscalia General de la Nacion.
- TERCERO. Como medida provisional para proteger los derechos invocados por Lyda Marcela Perez Ramirez, en el expediente T-7.629.189, SUSPENDER los efectos de los numerales TERCERO,
- CUARTO. Y
- QUINTO. de la sentencia del 28 de septiembre de 2017 dictada por el Tribunal Administrativo de Boyaca, confirmada mediante sentencia del 3 de enero de 2019 por parte de la Seccion Tercera, Subseccion A, del Consejo de Estado, mientras se surte el tramite de la presente accion de tutela, para que la decision que le corresponde adoptar a esta Corporacion resulte eficaz en caso de resultar favorable a las pretensiones de la demanda.
- CUARTO. Con fundamento en el articulo 16 del Decreto 2591 de 1991 y en el interes de garantizar la eficacia de la medida provisional adoptada en el presente asunto, por conducto de la Secretaria General de esta Corporacion, ORDENAR, en el expediente T-7.629.189, que se notifique por el medio mas expedito posible esta providencia a Lyda Marcela Perez Ramirez, a la Seccion Tercera, Subseccion A, del Consejo de Estado, al Tribunal Administrativo de Boyaca y a la E.S.E. Hospital Regional de Duitama, Boyaca.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.