A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Jose Julian Londoño Ocampo·Respondent Ministerio De Ambiente Vivienda Y Desarrollo Sostenible Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 25 Administrativo de Circuito de Medellín y el Juzgado 1º Laboral del Circuito de Armenia.
Encontró la Corte que en este caso solo se presentó un conflicto aparente en la medida en que la segunda autoridad remitió el expediente a la Corte Constitucional indicando que el análisis de la acción de tutela correspondía al primer despacho referido, en la medida en que era la autoridad elegida por el actor y Medellín era el lugar de vulneración de derechos alegados.
Por su parte, el juzgado administrativo argumentó su falta de competencia con base en la regla de reparto contenida en el numeral 12 del artículo 1 del Decreto 333 de 2021.
Se dirimió el asunto con la remisión del expediente al Juzgado 25 Administrativo de Circuito de Medellín para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
Se hizo una advertencia a este operador jurídico para que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
A la Sección Primera del Consejo de Estado que, en lo sucesivo, se abstenga de realizar análisis a priori sobre las entidades que podrían ser responsables de la presunta vulneración y de invocar las reglas de reparto del Decreto 333 de 2021, con el fin de apartarse del conocimiento de acciones de tutela.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 24 de octubre de 2024, emitido por el Juzgado 025 Administrativo de Circuito de Medellín dentro del trámite de la acción de tutela presentada por José Julián Lodoño Ocampo en contra del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Ministerio de Minas y Energía y el Presidente de la República.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4852 al Juzgado 025 Administrativo de Circuito de Medellín para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado 025 Administrativo de Circuito de Medellín que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- Cuarto. ADVERTIR a la Sección Primera del Consejo de Estado que, en lo sucesivo, se abstenga de realizar análisis a priori sobre las entidades que podrían ser responsables de la presunta vulneración y de invocar las reglas de reparto del Decreto 333 de 2021, con el fin de apartarse del conocimiento de acciones de tutela y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- Quinto. Por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a las partes, al Juzgado 025 Administrativo de Circuito de Medellín, al Juzgado 001 Laboral del Circuito de Armenia y a la Sección Primera del Consejo de Estado.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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