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Order (Auto)January 29, 2025

A- de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Vladimir Fernández Andrade

✓Claimant Instituto Financiero De Casanare Ifc·Respondent Pabon Garzon Rogelio

✓
Topic · hard data
Proceso Ejecutivo Promovido Por Entidad Pública Que No Tiene Carácter Financiero.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Procesos ejecutivos promovidos por entidades públicas sin certeza de existencia de contrato estatal como causa del título a ejecutar
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto entre el Juzgado 001 Civil Municipal de Yopal y el Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Yopal, suscitado por una demanda ejecutiva de mínima cuantía presentada por el Instituto Financiero de Casanare – IFC en contra de un ciudadano, para obtener el pago de una acreencia soportada en un pagaré derivado de obligaciones surgidas en el marco de un contrato de mutuo con interés.

Cumplidos los requisitos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que, a pesar de la naturaleza comercial del contrato que soporta el título base de la ejecución, lo cierto es que, según se precisó, el IFC es una entidad pública que no puede calificarse como financiera y, menos, sometida a la vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia.

Así las cosas, no se encuentran cumplidos los presupuestos para que sea aplicable la regla dispuesta en el artículo 105.1 del CPACA para radicar, en cabeza de la Jurisdicción Ordinaria, en su especialidad Civil, el conocimiento del presente asunto.

En esas condiciones, la Sala Plena concluye, en reiteración de la regla de decisión del Auto 554 de 2023 que la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer de las demandas ejecutivas que se deriven de controversias relacionadas con contratos celebrados por entidades públicas, siempre que estas no tengan el carácter de instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Financiera y dichos contratos no correspondan al giro ordinario de sus negocios.

Lo anterior de conformidad con los artículos 104 y 105 del CPACA.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 001 Civil Municipal de Yopal y el Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Yopal, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento de la demanda ejecutiva promovida por el Instituto Financiero del Casanare en contra del señor Rogelio Pabón Garzón, le corresponde tramitarla al Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Yopal.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6015 al Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Yopal para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 001 Civil Municipal de Yopal.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.