A- de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant Guillermo Efrain Caicedo Jurado·Respondent Sin Información
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Competencia preferente y excepcional para asegurar el cumplimiento de sus decisiones
- Asumir competencia excepcional para conocer cumplimiento de órdenes impartidas en sentencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El accionante solicitó a la Corte adelantar el trámite de verificación de cumplimiento de la sentencia T-814/11.
Igualmente, el delegado para asuntos constitucionales y legales de la Defensoría del Pueblo, presentó escrito de intervención dentro del trámite a la solicitud formulada por el actor.
Específicamente, solicitó dar trámite al incidente de desacato y disponer de lo necesario para que la Embajada de los Países Bajos ante Colombia, cumpla lo ordenado en la referida sentencia.
Al constatar que se reúnen los requisitos establecidos por la jurisprudencia constitucional para que de manera excepcional la Corporación asuma la verificación del cumplimiento de las órdenes dadas en sus sentencias, la Sala decide ASUMIR la verificación del cumplimiento de las órdenes establecidas en la sentencia T-814/11.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. ASUMIR la verificación del cumplimiento de las órdenes establecidas en la sentencia T-814 de 2011.
- SEGUNDO. OFICIAR a la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia para que (i) remita a esta Corporación el expediente correspondiente a la tutela formulada por el señor Efraín Caicedo Jurado en contra de la Embajada del Reino de los Países Bajos, en el que incluya el trámite adelantado respecto de la solicitud de la apertura del incidente de desacato y la decisión adoptada frente a la misma y (ii) informe el estado actual del proceso ordinario laboral promovido por el señor Guillermo Efraín Caicedo Jurado en contra de la Embajada del Reino de los Países Bajos.
- TERCERO. OFICIAR a la Embajada del Reino de los Países Bajos para que dentro de los tres días siguientes a la notificación de esta providencia, se pronuncie sobre la solicitud formulada por el señor Efraín Caicedo Jurado. Para tal efecto, la Secretaría General remitirá copia de esa providencia y de los escritos radicados por el accionante y por el defensor delegado para asuntos constitucionales y legales de la Defensoría del Pueblo.
- CUARTO. PÓNGASE EN CONOCIMIENTO a la Defensoría del Pueblo y al accionante, el contenido de esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.