A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Niveles de cumplimiento a las órdenes de la sentencia T-760/08
- Nivel de cumplimiento bajo
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Con el presente proveído la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760/08 declara el cumplimiento BAJO de la orden décima novena, relacionada con la creación de un registro de servicios negados por parte de las EPS.
Se ordena al Ministerio de Salud y Protección Social dar cumplimiento a lo ordenado en los Autos 122/19 y 439/21 y se instó a la Superintendencia Nacional de Salud para que continúe informando trimestralmente las acciones adoptadas frente a las EPS que omitan la obligación de reportar los servicios negados, así como las adelantadas a aquellas que niegan o dilatan el suministro de tecnologías en salud cubiertas por el PBS.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (9 points)
- PRIMERO. Declarar el cumplimiento bajo de la orden décima novena, por lo expuesto en la parte motiva de esta decisión.
- SEGUNDO. Ordenar al Ministerio de Salud y Protección Social que:
- a) Dé cumplimiento a lo ordenado en el literal a) del Auto 122 de 2019 y a) del Auto 439 de 2021, y se emita dentro de los treinta (30) días siguientes a la notificación del presente auto un cronograma en el que dé a conocer las acciones que implementará para (i) expedir la normativa que regule el registro de negaciones en los regímenes contributivo y subsidiado, de forma que permita generar información acerca de la negación de los servicios cubiertos por el PBS, así como de aquellos que a pesar de haber sido autorizados no son suministrados en forma oportuna y, (ii) diseñar el mecanismo de alarmas que se active ante el registro de negación de un servicio PBS, mediante el cual se le notifique vía correo electrónico a la dirección que para tal efecto dispongan las autoridades que en el marco de sus competencias determinen las responsabilidades de los representantes de las EPS o EOC que incurran en la práctica de negaciones, teniendo en cuenta que el plazo máximo para ello no podrá exceder de seis (6) meses y la implementación de la misma deberá llevarse a cabo en un término igual.
- b) Mantenga el porcentaje de los registros validados frente al universo de las negaciones al interior del SGSSS en un 100% conforme se ordenó en el Auto 439 de 2021.
- c) Reiterar lo ordenado en el ordinal segundo, literal d) del Auto 439 de 2021 y se asegure que en los informes elaborados de servicios negados se registren la totalidad de las negaciones independientemente de si se cuenta o no con fundamento normativo.
- d) Indique a la Sala el contenido de la causal "Tecnología[s] incluida[s] en el Plan de Beneficios en Salud".
- e) En los informes trimestrales siguientes a la expedición de este auto incluya, un acápite que contenga no solamente el trámite administrativo efectuado en virtud de obtener la devolución de los dineros correspondientes a la prima pagada por usuario durante el mes en que hubiere sufrido la barrera en la prestación de servicios PBS UPC (histórico de los reembolsos solicitados), sino también se especifique los dineros que efectivamente fueron recaudados.
- TERCERO. Instar a la SNS para que continúe informando trimestralmente las acciones adoptadas frente a las EPS que omitan la obligación de reportar los servicios negados, así como las adelantadas a aquellas que niegan o dilatan el suministro de tecnologías en salud cubiertas por el PBS.
- CUARTO. Proceda la Secretaría General de esta Corporación a librar las comunicaciones correspondientes, acompañando copia integral de este auto.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.