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decreto 1992 de 1970

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales y en especial de la que le confiere la Ley 11 de 1969, y CONSIDERANDO: Que los recientes incendios ocurridos en la ciudad de Neiva

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Que los recientes incendios ocurridos en la ciudad de Neiva; ocasionaron a esté Municipio daños de mucha consideración;

Que el Tesoro del mencionado Municipio no se encuentra en condiciones de atender a los costos que demanda la reparación de aquéllos, y;

Que el Gobierno Nacional ha considerado siempre necesario y justo conceder su aporte económico en emergencias de esta naturaleza;

Article 1De La Suma Apropiada En El Presupuesto De La Actual Vigencia, Capítulo 101, Artículo 1015, Para Calamidades Públicas, Destínase La Suma De Cinco Millones De Pesos ($ 5

°. De la suma apropiada en el Presupuesto de la actual vigencia, Capítulo 101, artículo 1015, para calamidades públicas, destínase la suma de cinco millones de pesos ($ 5.000.000) moneda corriente, que será entregada al Tesorero Municipal da Neiva, a órdenes del Alcalde de esta ciudad, con destino a la reparación de los daños causados por los incendios a que se refiere la parte motiva de este Decreto.

Article 2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

°. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público