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decreto 419 de 2023

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Ampliación De La Planta De Personal De La Unidad Administrativa Especial Dirección De Impuestos Y Aduanas Nacionales (Dian)

°. Ampliación de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) . A la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) que comprende los empleos de que tratan los artículos 2° y 3° del Decreto número 4051 de 2008, 1° del Decreto número 4953 de 2011, 1° del Decreto número 2393 de 2015, 1° del Decreto número 2394 de 2015, 3° del Decreto número 2153 de 2017, 1° del Decreto número 2184 de 2017 y 1° del Decreto número 1744 de 2020, se le crean con carácter permanente los siguientes empleos en el número, denominación, código y grado que se señala a continuación

1.

Despacho Dirección General. Total, número de empleos Denominación Código Grado Fase Empleos por com­promiso ingreso a la OCDE 2018 Empleos Plan de Choque 2023-2026 5 (cinco) Asesor IV 404 04 2 (dos) 3 (tres) 4 (cuatro) Inspector IV 308 08 2 (dos) 2 (dos) 2 (dos) Gestor II 302 02 1 (uno) 1 (uno) 1 (uno) Analista V 205 05 1 (uno) 2 (dos) Facilitador III 103 03 2 (dos)

2.

Despachos Direcciones de Gestión y Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes. Total, número de empleos Denomina­ción Código Grado Fase Empleos por com­promiso ingreso a la OCDE 2018 Empleos Plan de Choque 2023-2026 9 (nueve) Asesor III 403 3 4 (cuatro) 5 (cinco) 9 (nueve) Asesor II 402 2 4 (cuatro) 5 (cinco) 9 (nueve) Asesor I 401 1 4 (cuatro) 5 (cinco)

3.

Planta Global. Total, número de empleos Denominación Código Fase Grado Empleos por compromiso ingreso a la OCDE 2018 Empleos Plan de Choque 2023- 2026 103 (ciento tres) Inspector IV 308 08 52 (cincuenta y dos) 51(cincuenta y uno) 159 (ciento cincuenta y nueve) Inspector III 307 07 45 (cuarenta y cinco) 114 (ciento catorce) 284 (doscientos ochenta y cuatro) Inspector II 306 06 77 (setenta y siete) 207 (doscientos siete) 153 (ciento cincuenta y tres) Inspector I 305 05 65 (sesenta y cinco) 88 (ochenta y ocho) 979 (novecientos setenta y nueve) Gestor IV 304 04 430 (cuatro­cientos treinta) 549 (quinientos cuarenta y nueve) 2389 (dos mil trescientos ochenta y nueve) Gestor III 303 03 1420 (mil cuatrocientos veinte) 969 (novecietos sesenta y nueve) 2377 (dos mil trescientos setenta y siete) Gestor II 302 02 1690 (mil seiscientos noventa) 687 (seiscientos ochenta y siete) 1421 (mil cuatrocien­tos veintiún) Gestor I 301 01 1421 (mil cuatrocientos veintiún) 185 (ciento ochenta y cinco) Analista V 205 05 155 (ciento cincuenta y cinco) 30 (treinta) 230 (doscientos treinta) Analista IV 204 04 220 (doscientos veinte) 10 (diez) 430(cuatrocientos treinta) Analista III 203 03 315 (trescientos quince) 115 (ciento quince) 448 (cuatrocientos cuarenta y ocho) Analista II 202 02 340 (trescientos cuarenta) 108 (ciento ocho) 534 (quinientos trein­ta y cuatro) Analista I 201 01 508 (quinientos ocho) 26 (veintiséis) 70 (setenta) Facilitador IV 104 04 70 (setenta) 154 (ciento cincuenta y cuatro) Facilitador III 103 03 154 (ciento cincuenta y cuatro) 179 (ciento setenta y nueve) Facilitador II 102 02 179 (setenta y nueve) 71 (setenta y uno) Facilitador I 101 01 71 (setenta y uno)

Article 2Supresión

°. Supresión . Suprimir los empleos temporales creados en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), mediante el Decreto número 1968 de 2022, en número, denominación, código y grado que se señala a continuación: Número de empleos Denominación Código Grado 50 (cincuenta) Gestor IV 304 4 250 (doscientos cincuenta) Gestor III 303 3 300 (trescientos) Gestor II 302 2 400 (cuatrocientos) Gestor I 301 1

Article 3Distribución Y Provisión

°. Distribución y provisión . La provisión de los empleos se efectuará de conformidad con lo establecido en la ley y en el sistema específico de carrera de la DIAN, y la distribución se hará de conformidad con lo previsto en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, el Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), distribuirá y proveerá los empleos de la fase “Empleos por compromiso ingreso a la OCDE 2018” en el año 2023. Los empleos de la fase “Empleos para el Plan de Choque 2023-2026” se distribuirán y proveerán en el año 2024, sin exceder el monto de la disponibilidad presupuestal y en todo caso, en los años 2025 y 2026 se podrá efectuar la distribución y la provisión de los empleos que se crean en el artículo 1° del presente decreto, para lo cual se tendrá en cuenta la estructura, los planes, los programas, necesidades del servicio de la entidad, las disposiciones legales vigentes, y la disponibilidad presupuestal para la vigencia fiscal correspondiente.

Parágrafo

Las metas de los Planes de Choque de Lucha contra la Evasión y el Contrabando para los años 2024, 2025 y 2026, tendrán en consideración la distribución y provisión de los empleos de la fase “Empleos para el Plan de Choque 2023-2026”.

Article 4Vigencia Y Derogatoria

°. Vigencia y derogatoria . El presente decreto rige a partir de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto número 4051 de 2008 modificado por los Decretos números 1974 de 2009, 4953 de 2011, 2393 y 2394 de 2015, 2153 de 2017, 2184 de 2017 y 1744 de 2020, y deroga el Decreto número 1968 de 2022.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y en desarrollo de los artículos 46 de la Ley 909 de 2004 y 67 de la Ley 2277 de 2022, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública