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decreto 2614 de 2022

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, y en particular las conferidas en el artículo 189 de la Constitución Política, en la Ley 15 de 1959 y la Ley 4ª de 1992.

Article 1Auxilio De Transporte Para 2023

º. Auxilio de transporte para 2023. Fijar a partir del primero (1º) de enero de dos mil veintitrés (2023), el auxilio de transporte a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devengan hasta dos (2) veces el salario mínimo legal mensual vigente, en la suma de ciento cuarenta mil seiscientos seis pesos ($140.606), que se pagará por los empleadores en todos los lugares del país, donde se preste el servicio público de transporte.

Article 2Vigencia Y Derogatoria

º. Vigencia y derogatoria. El presente decreto rige a partir del primero (1º) de enero de dos mil veintitrés (2023) y deroga el Decreto número 1725 de 2021.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, y en particular las conferidas en el artículo 189 de la Constitución Política, en la Ley 15 de 1959 y la Ley 4ª de 1992
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Ministra del Trabajo
El Ministro de Transporte