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decreto 184404301 de 1844

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1

Se aprueba en todas partes el decreto espedido en 26 de Setiembre de 1842, por la Cámara provincial de Riohacha, imponiendo una contribucion sobre los bultos de mercaderías que se importen o esporten, con aplicación a ala conservacion i acrecentamiento del muelle, i para otras obras de utilidad de la provincia.

Article 124I 13

Art. Único. Se aprueba en todas partes el decreto espedido en 26 de Setiembre de 1842, por la Cámara provincial de Riohacha, imponiendo una contribucion sobre los bultos de mercaderías que se importen o esporten, con aplicación a ala conservacion i acrecentamiento del muelle, i para otras obras de utilidad de la provincia.

Signatories

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Senador Secretario
El Representante Secretario
REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Secretario de Estado del Despacho de lo Interior