Article 1
Se aprueba en todas partes el decreto espedido en 26 de Setiembre de 1842, por la Cámara provincial de Riohacha, imponiendo una contribucion sobre los bultos de mercaderías que se importen o esporten, con aplicación a ala conservacion i acrecentamiento del muelle, i para otras obras de utilidad de la provincia.
Article 124I 13
Art. Único. Se aprueba en todas partes el decreto espedido en 26 de Setiembre de 1842, por la Cámara provincial de Riohacha, imponiendo una contribucion sobre los bultos de mercaderías que se importen o esporten, con aplicación a ala conservacion i acrecentamiento del muelle, i para otras obras de utilidad de la provincia.