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decreto 1851011401 de 1851

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1

Se organiza en la Villa de Cipaquirá una compañia de infanteria de guardia nacional ausiliar, i entrarán con preferencia en formación de ella los individuos que la han solicitado, i sin perjuicio de la organizacion de los cuerpos de infantería i caballería prevenida por el artículo 3.° del decreto de 27 de junio de 1849.

Article 3Del Decreto De 27 De Junio De 1849

Art. único. Se organiza en la Villa de Cipaquirá una compañia de infanteria de guardia nacional ausiliar, i entrarán con preferencia en formación de ella los individuos que la han solicitado, i sin perjuicio de la organizacion de los cuerpos de infantería i caballería prevenida por el artículo 3.° del decreto de 27 de junio de 1849.

Signatories

El Secretario de Guerra
REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA