DecretoIn force
Decreto 1828 de 1992
por el cual se reglamenta el artículo 1.5.1.4.5 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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01
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02
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1º Las Entidades Aseguradoras En Las Cuales Participe El Capital Estatal En Un Porcentaje Igual O Superior Al Cincuenta Por Ciento (50%) Deberán Asumir De Manera Inmediata En La Oportunidad Que Señale El Gobierno Nacional, Por Conducto Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público, Aquellos Riesgos Relacionados Con Circunstancias Excepcionales Cuando Por Sus Especiales Características No Puedan Ser Asumidos Razonable Y Oportunamente Por Las Demás Aseguradoras2º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Signatories
National Government
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 11 del articulo 189 de la Constitución Política de Colombia
- Héctor José Cadena ClavijoEl Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las Funciones del Despacho del Ministerio de Hacienda y Crédito Público · encargado