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decreto 138 de 1916

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Suprímese La Plaza De Cartero En La Oficina Telegráfica De Puerto César, Y Créase En La De Güicán Con La Asignación Mensual De $ 3

° Suprímese la plaza de Cartero en la Oficina Telegráfica de Puerto César, y créase en la de Güicán con la asignación mensual de $ 3.

Article 2Restablécese El Empleo De Ayudante De La Oficina Telegráfica De Socotá, Con La Misma Asignación Mensual Que Le Señala El Decreto Número 2 De 1912, Y Créase Este Mismo Empleo En La De Trinidad, Con La De $ 45

° Restablécese el empleo de Ayudante de la Oficina Telegráfica de Socotá, con la misma asignación mensual que le señala el Decreto número 2 de 1912, y créase este mismo empleo en la de Trinidad, con la de $ 45. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Guerra, encargado del Despacho de Gobierno