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decreto 698 de 1945

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales. y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros en su sesión del día 16 de marzo del año en curso, autorizó al, Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministero de Obras Públicas, según consta en el actia respectiva

Article 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Obras Publicas Departamento De Nariño

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Departamento de Nariño. Capitulo 93: Del articulo 1697. Para la ampliación de la carretera Túquerres-Ampuyá, sector Santodomingo-Ampuyá, Ley 230 de 1938 $ 30.000.00 Del artículo 1698. Para continuación de la carretera Rosaflorida-Buesaco-San Lorenzo 21.000.00 De artículo 1728. Para la construcción de las obras de auto y terminación del carretable (camino de herradura), de Puerres-Guandes (Nariño), Ley 79 de 1939 20.000.00 Capítulo 94 Del articulo 1740. Para construcción del puente sobre el rio Carchi, en la carretera Ipiales-Las Lajas 20.000.00 Suman los contracreditos $ 91.000.00 Departamento de Nariño. Capitulo 93. Al articuló 1728-A. Para continuar la construcción de la carretera Quiña-Campamento-La Uníón- E1 Rosario $ 91.000.00 Suman los créditos $ 91.000.00

Article 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha

°. El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de la Economía Nacional, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas