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decreto 696 de 1961

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la Republica de Colombia

en uso de sus facultades legales, y en desarrollo de los Decretos números 1637 y 1678 de 1960

Article 1

Artículo primero. Incorporarse dentro de la Nomenclatura Escala de Sueldos establecida por el Decreto 1678 de 1960 los siguientes cargos del Ministerio ele Educación Nacional: Rama Administrativa División de Presupuesto Sección ese Pagaduría.

Article 2

Artículo segundo. De acuerdo con lo previsto en el Decreto número 221 fiel 2 de febrero de 1961, el personal de la planta establecido por el presente Decreto podrá ser modificado en base de estudios posteriores de la División de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Públicos en coordinación con la Secretaría de Organización e Inspección de la Administración Pública y el Departamento Administrativo del Servicio Civil.

Article 3

Artículo tercero. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición, pero surte efectos fiscales a partir del primero (1°) de enero de mil novecientos sesenta y uno (1961). Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda a Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional