JurídicoESEN

decreto 695 de 1943

2 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus atribuciones legales

Article 1

Artículo primero. Destínanse los siguientes auxilios por una sola vez en el presente año: Hospital Infantil de Santa Rosa de Cabal (Caldas) $ 2.000.00 Centro de Protección Infantil de Puerto Berrío 2.000.00

Article 2

Artículo segundo. Destíñanse los siguientes auxilios mensuales durante todo el año de 1943 Mensual Anual Hospital Infantil de Barranquilla $ 200.00 2.400.00 Gota de Leche de Montería 100.00 1.200.00

Parágrafo

Los auxilios a que se refieren los artículos anteriores, serán pagados a los Síndicos o Tesoreros de las respectivas instituciones, los que deberán cumplir con las prestaciones de fianza y rendición de cuentas a la Auditoría de Instituciones de Utilidad Común, informes estadísticos y exigencias de orden técnico que provengan del Departamento de Protección Infantil y Materna del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social. Comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social