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decreto 2544 de 1981

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las atribuciones que le otorga el numeral 21 del artículo 121 de la Constitución Política y el numeral 3 del artículo 20 de la Ley 25 de 1981

Article 1

Artículo primero. Suprímanse de la Planta de Personal el la Sección de Control de Cajas de Compensación Familiar, de la División de Estudio y Control de la Seguridad Social, de la Dirección General de la Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, los siguientes cargos: Denominación del empleo Nº de cargos Código Grado Jefe de Sección 1 2075 05 Profesional Universitario 3 3020 06 Auditor 5 3030 04 Auxiliar Administrativo 3 5120 11 Secretario 1 5140 08 Ayudante de Oficina 3 5155 07

Article 2

Artículo segundo . Créanse en la Planta de Personal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social los cargos que continuación se relacionan: Denominación del empleo Nº de cargos Código Grado Dirección General de la Seguridad Social. Asesor 2 1020 01 Profesional Especializado 1 3010 10 Secretario 1 5140 08 División de Estudio y Control de la Seguridad Social Sección de Estudios. Profesional Universitario 1 3020 04 Sección Legal. Ayudante de Oficina 1 5155 07 División de Salud Ocupacional Sección de Higiene y Seguridad Industrial. Inspector 3 3025 04 Analista de Seguridad 2 5190 11 Ayudante de Oficina 1 5155 07 División de Instrucción y Capacitación Laboral, Sección de Promoción y Ejecución de Cursos. Profesional Universitario 1 3020 04

Article 3

Artículo tercero. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
La Ministra de Trabajo y Seguridad Social
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil