JurídicoESEN

decreto 4025 de 1947

2 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 17 de diciembre del año en curso autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerío de Guerra, según consta en el acta respectiva

Article 1

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: Ministerio de Guerra. Capítulo 40.noneMarina. Del artículo 438. Para sueldos, sobresueldos, profesorado, primas, jinetas, alimentación, lavado y peluquería del personal $ 16.166.55 Suman los contracréditos $ 16.166.55 Capítulo 40. Al artículo 440. Para sostenimiento y conservación de las unidades y dependencias $ 11.416.55 Al artículo 443. Para ampliación y conservación de edificios, bases marítimas y fluviales, arrendamientos, alumbrado, servicios de agua, energía eléctrica y teléfono $ 4.750.00 Suman los créditos $ 16.166.55

Article 2

° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra