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decreto 266 de 1909

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la Republica de Colombia

En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que para atender a la organización del Ejército, en que actualmente se ocupa el Ministerio de Guerra, es necesario que los Jefes de Estado Mayor puedan entenderse por telégrafo con el mismo Ministerio y con loa Jefes de Cuerpos a ellos subordinados

Whereas · 1 recital

Que para atender a la organización del Ejército, en que actualmente se ocupa el Ministerio de Guerra, es necesario que los Jefes de Estado Mayor puedan entenderse por telégrafo con el mismo Ministerio y con loa Jefes de Cuerpos a ellos subordinados;

Article 3Del Decreto Numero369 De 1907

Desde ésta fecha los Jefes de Estado Mayor del Ejército pueden usar de franquicia telegráfica para casos argentes del servicio, y con la limitación establecida por el artículo 3° del Decreto numero369 de 1907. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno