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decreto 1007 de 1964

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del Decreto número 930 de 1964, se apropió la cantidad de $ 27.501.760.00, para la elaboración de los Censos de 1964, y se dispuso que sería distribuida por decreto especial, con la aprobación de la Dirección Nacional del Presupuesto

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Que por medio del Decreto número 930 de 1964, se apropió la cantidad de $ 27.501.760.00, para la elaboración de los Censos de 1964, y se dispuso que sería distribuida por decreto especial, con la aprobación de la Dirección Nacional del Presupuesto;

Que el Departamento Nacional de Estadística ha propuesto la distribución de la partida de que se trata, en la forma que se establece en la parte resolutiva del presente Decreto, y;

Que la Dirección Nacional del Presupuesto ha impartido su aprobación a la distribución propuesta;

Article 1La Partida Apropiada Por Medio Del Decreto Número 93d De 1964 (Capítulo 031, Artículo 0325 - A), Por $ 27

° La partida apropiada por medio del Decreto número 93D de 1964 (Capítulo 031, artículo 0325 - A), por $ 27.501.760.00, para la elaboración de los Censos de 1964, se distribuirá en la siguiente forma: Gastos personales

a)

Sueldos del personal de nómina en la presente vigencia $ 6.183.484.00

b)

Pago de servicios de personal supernumerario (artículo 6°, Decreto-ley número 1628 de 1863) 12.445.860.00

c)

Prima de Navidad 10.000.00

d)

Subsidio de transporte 52.000.00 Gastos generales

e)

Viáticos y gastos de transporte 2.000.000.00

f)

Mantenimiento y aseguros 200.000.00

g)

Compra de equipo 1.200.000.00

h)

Servicios de comunicaciones 20.000.00

i)

Servicios públicos 20.000.00

j)

Materiales y suministros 2.000.000.00

k)

Impresos y publicaciones (propaganda de los Censos) 1.500.000.00 1) Arrendamientos (inmuebles) 182.000.00 m) Arrendamiento de equipo 1.583.416.00 n) Comisión bancaria a la Caja de Crédito Agrario por manejo de fondos, según contrato vigente 105.000.00 Total $ 27.501.760.00

Article 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística