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decreto 474 de 1995

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política

Article 1

° . Las normas que regulen lo relativo a las comisiones de servicios en el exterior de los Ministros del Despacho y Jefes de Departamento Administrativo, se aplicarán en lo pertinente, a las comisiones que se confieran al señor Vicepresidente de la República.

Article 2

° . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 21 de marzo de 1995. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Relaciones exteriores, Rodrigo Pardo García-Peña. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Juan Manuel Turbay Marulanda.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política
El Ministro de Relaciones exteriores
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República