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decreto 95 de 1957

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

en uso de las atribuciones de que trata el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional.

Article 1

Artículo primero. Incorpórase a la red nacional la carretera Patico - Coconuco de 9 kilómetros de longitud, construida por el Departamento del Cauca. En adelante la conservación, adiciones y mejoras de la mencionada vía corresponderá a la Nación.

Article 2

Artículo segundo. La conservación de la vía denominada "Camino Nacional de las Papas", entre la población de San Sebastián y el límite con el Departamento del Huila, corresponderá en lo sucesivo al Departamento del Cauca.

Article 3

Artículo tercero. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición y quedan suspendidas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas