El Presidente de la Republica de Colombia
en uso de sus atribuciones legales
Article 1Del Decreto 317 De 1958, Puede Acordar Primas Y Bonificaciones Para Los Funcionarios Al Servicio Del Instituto
Artículo único. La junta Directiva del Instituto Colombiano de Especialización Técnica en el Exterior, ICETEX, en uso de las facultades que le confiere el artículo 1° del Decreto 317 de 1958, puede acordar primas y bonificaciones para los funcionarios al servicio del Instituto. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.
Signatories
REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional