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decreto 90 de 1957

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

en uso de sus facultades del artículo 121 de la Constitución Nacional

Article 1

Artículo primero. La Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero procederá a modificar sus estatutos en forma que la Junta Directiva quede constituida por cinco miembros así: el Ministro de Agricultura, quien la presidirá; un miembro designado por el Gobierno Nacional; un miembro designado por la Federación Nacional de Cafeteros; un miembro designado por el Gobierno Nacional, de terna que le presente la Sociedad de Agricultores de Colombia; y un miembro designado por la Junta Directiva del Banco de la República.

Parágrafo

El Ministro de Hacienda y Crédito Público podrá asistir, con derecha a voz y voto, a las reuniones de la Junta Directiva de la Caja.

Article 2

Artículo segundo. El Gerente General de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero será nombrado por la Junta Directiva para un periodo de dos años y podrá ser reelegido indefinidamente.

Article 3

Deróganse los artículos 5° y 6° del Decreto-ley número 2631 de 1956.

Article 5Decreto 2631 De 1956 Deroga Artículo 6 Decreto 2631 De 1956 Comuníquese Y Publíquese

Artículo tercero. Deróganse los artículos 5° y 6° del Decreto-ley número 2631 de 1956.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra, Encargado
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas