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decreto 3945 de 1947

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros en su sesión del día 12 de diciembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Gobierno, según consta en el acta respectiva

Article 1º

º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: Ministerio de Gobierno. Capítulo 20. Del artículo 211. Para el pago de sueldos y demás gastos de sostenimiento de la Sección de la Policía Nacional que presta sus servicios al Municipio de Chiquinquirá, según contrato de 10 de febrero de 1945, en el año $ 6.156.00 Del artículo 222. Para el pago de sueldos y demás gastos de sostenimiento de la Sección de la Policía Nacional que presta sus servicios al Municipio de Facatativá, según contrato de 9 de enero de 1946, en el año 9.021.00 Suman los contracréditos $ 15.177.00 Capítulo 20. Al artículo 216. Para el pago de sueldos y demás gastos de sostenimiento de la Sección de la Policía Nacional que presta sus servicios a la Texas Petroleum Company, según contrato de 15 de enero de 1943, en el año $ 9.021.00 Al artículo 220. Para el pago de sueldos, sobresueldos y demás gastos de sostenimiento de la Sección de la Policía Nacional que presta sus servicios a la Compañía de Petróleos Shell de Colombia, según contrato de 13 de marzo de 1945, en el año. 6.156.00 Suman los créditos $ 15.177.00

Article 2º

º El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Justicia, encargado del Despacho de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público