en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la ley 5a. de 1978
Article 1
° . Adicionase la nomenclatura de empleos de que trata el artículo 24 del decreto 1042 de 1978, así: denominación director de fábrica: código 2130, grado de remuneración 10.
Article 2Fijase Para La Industria Militar La Siguiente Equivalencia De Empleos: Situación Anterior
°. Fijase para la industria militar la siguiente equivalencia de empleos: situación anterior. Denominación: director regional. Grado: 29. Situación nueva denominación: Director de fábrica. Grado: 10.
Article 3
° . El presente decreto rige desde la fecha de su expedición, adiciona el decreto- ley 1042 de 1978 y surte efectos fiscales desde el 20 de abril del mismo año, salvo lo que en dicho decreto se dispone para el pago retroactivo del reajuste de salarios.