en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política
Article 1Suprímase El Consulado Honorario De Colombia En La Ciudad De Casablanca, Reino De Marruecos, Con Circunscripción En Todo El Territorio Del País, Creado Mediante Decreto Número 536 Del 25 De Marzo De 1988
°. Suprímase el consulado honorario de Colombia en la ciudad de Casablanca, Reino de Marruecos, con circunscripción en todo el territorio del país, creado mediante Decreto número 536 del 25 de marzo de 1988.
Article 2Suprímase El Cargo De Cónsul Honorario De Colombia En La Ciudad De Casablanca, Reino De Marruecos, Con Circunscripción En Todo El Territorio Del País, Creado Mediante Decreto Número 536 Del 25 De Marzo De 1998
°. Suprímase el cargo de cónsul honorario de Colombia en la ciudad de Casablanca, Reino de Marruecos, con circunscripción en todo el territorio del país, creado mediante Decreto número 536 del 25 de marzo de 1998.
Article 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.