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decreto 849 de 1935

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión del día 3 del mes en curso, conceptuó favorablemente sobre las solicitudes presentadas por el Ministerio de Obras Públicas y el Departamento Nacional de Higiene, por conducto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectuar algunos traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal de 1935, de conformidad con los artículos 32 y 33 de la Ley 64 de 1931

Article 1Hácense En El Presupuesto Del Ministerio De Obras Públicas Para El Presente Año, Los Siguientes Traslados: Ministerio De Obras Publicas Capítulo 56 Conservación Y Construcción De Carreteras Nacionales

Hácense en el presupuesto del Ministerio de Obras Públicas para el presente año, los siguientes traslados: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 56 Conservación y construcción de carreteras nacionales. Del artículo 256 A. Para la construcción, de la carretera Bucaramanga-Pamplona $ 60,000 Al artículo 256 B. Para dar cumplimiento al contrato sobre la construcción de la carretera del Noroeste, en el Departamento-de Santander. $ 60,000 Sumas iguales $ 60,000 60,000

Article 2Hácense En El Presupuesto Del Departamento Nacional De Higiene Los Siguientes Traslados: Departamento Nacional De Higiene Capítulo 63

º Hácense en el presupuesto del Departamento Nacional de Higiene los siguientes traslados: DEPARTAMENTO NACIONAL DE HIGIENE Capítulo 63. Personal y Material. Del artículo 294. Para la campaña contra la toxicomanía, visitas de inspección sanitaria, aislamiento de enfermos, pago de pensiones hospitalarias y demás gastos $ 2,000 Del artículo 295. Para la profilaxis y lucha contra las enfermedades venéreas 3,000 Del artículo 297. Para sueldos del personal y material de la protección de la infancia 5,000. Al artículo 291. Par-a la campaña contra el paludismo, el pian, la amibiasis, fiebre amarilla y demás endemias tropicales y pago de los sueldos del personal necesario $ 10,000 Sumas iguales $ 10,000 10,000 Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas
El Ministro de Agricultura y Comercio