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decreto 1806 de 1967

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que la Junta de Comercio Exterior haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 44 del Decreto 1733 de 1964, adicionó el artículo 1° de la Resolución número 5 de 1965, y dictó la Resolución número 12 de 1967 (julio 26), por medio de la cual se crea la Oficina Seccional de la Superintendencia de Comercio Exterior en San Andrés y Providencia

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Que la Junta de Comercio Exterior haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 44 del Decreto 1733 de 1964, adicionó el artículo 1° de la Resolución número 5 de 1965, y dictó la Resolución número 12 de 1967 (julio 26), por medio de la cual se crea la Oficina Seccional de la Superintendencia de Comercio Exterior en San Andrés y Providencia;

Que es indispensable establecer la Planta de Personal que atienda las funciones encomendadas a esa Seccional;

Article 1

Artículo primero. Créase la siguiente Planta de Personal de la Seccional de la Superintendencia de Comercio Exterior en San Andrés y Providencia: 1 Director $ 5.000.00 1 Oficial 1.000.00

Article 2

Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
El Ministro de Hacienda
El Ministro de Fomento