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decreto 848 de 2003

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que la Superintendencia de Industria y Comercio presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998, 148 y 155 del decreto 1572 de 1998, modificado por Decreto 2504 de 1998, y cuenta con el concepto de la Dirección General del Presupues

Whereas · 1 recital

Que la Superintendencia de Industria y Comercio presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998, 148 y 155 del decreto 1572 de 1998, modificado por Decreto 2504 de 1998, y cuenta con el concepto de la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal;

Article 1Suprímese De La Planta De Personal De La Superintendencia De Industria Y Comercio, Establecida Mediante Decreto 2661 Del 24 De Diciembre De 1999, El Siguiente Cargo Vacante: N° De Cargos Dependencia Y Denominación Del Empleo Código Grado Despacho Del Superintendente De Industria Y Comercio 1 (Uno) Asesor 1020 12

°. Suprímese de la planta de personal de la Superintendencia de Industria y Comercio, establecida mediante Decreto 2661 del 24 de diciembre de 1999, el siguiente cargo vacante: N° de Cargos Dependencia y Denominación del Empleo Código Grado Despacho del Superintendente de Industria y Comercio 1 (uno) Asesor 1020 12

Article 2

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente el Decreto 2661 de 1999 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública