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decreto 686 de 1926

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Desde El Primero De Mayo Próximo En Adelante Auméntanse Los Sueldos De Los Siguientes Empleados De La Policía Nacional, Así: Policia Judicial Prefectura

º Desde el primero de mayo próximo en adelante auméntanse los sueldos de los siguientes empleados de la Policía Nacional, así: POLICIA JUDICIAL Prefectura. Del Prefecto, $ 20 mensuales en ocho meses $ 160 Del Secretario, $ 20 mensuales, en ocho meses 160 De dos Escribientes, $ 15 mensuales cada uno, en ocho meses 240 Comisarías Disponibles. De dos Comisarios Disponibles, $ 15 mensuales cada uno, en ocho meses 240 De dos Secretarios, $ 20 mensuales cada uno, en ocho meses 320 Pasan $ 1,120 Vienen $ 1,120 De cuatro Escribientes, $ 15 mensuales cada uno, en ocho meses 480 Comisarías de Circuito. De ocho Comisarios de Circuito, $ 15 mensuales cada uno, en ocho meses 960 De ocho Secretarios, $ 20 mensuales cada uno, en ocho meses 1,280 De diez y seis Escribientes $ 15 mensuales cada uno, en ocho meses 1,920 Comisarías Permanentes. De seis Comisarios para este servicio, $ 30 mensuales cada uno, en ocho meses 1,440 De seis Secretarios, $ 20 mensuales cada uno, en ocho meses 960 De doce Escribientes, $ 15 mensuales cada uno, en ocho meses 1,440 Servicio de Seguridad. Del Jefe, $ 20 mensuales, en ocho meses 160 Del Subjefe, $ 20 mensuales, en ocho meses 160 Del Secretario, $ 20 mensuales, en ocho meses 160 De dos Escribientes, $ 15 mensuales cada uno, en ocho meses 240 Oficina de Identificación Científica. Del Jefe Antropómetra $ 50 mensuales, en ocho meses 400 Del Fotógrafo, $ 15 mensuales, en ocho meses 120 Del Ayudante, $ 10 mensuales, en ocho meses 80 Suma $ 10,920

Article 2Por El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Se Abrirá El Crédito Adicional Correspondiente En La Vigencia En Curso, Para Atender El Aumento De Gasto Que Implica El Presente Decreto

º Por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público se abrirá el crédito adicional correspondiente en la vigencia en curso, para atender el aumento de gasto que implica el presente Decreto. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno