JurídicoESEN

decreto 68 de 1957

3 articles · continuous reading

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional

Whereas · 1 recital

Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional;

Article 1

Artículo primero. A partir del primero de enero del presente año exclúyense a las Universidades Pedagógicas que funcionan en el país del pago del cinco por ciento (5%) para la constitución y funcionamiento inicial del Fondo Universitario Nacional, de que trata el artículo segundo del Decreto número 3686 de 22 de diciembre de 1954.

Article 2

Artículo segundo. En los términos del artículo anterior quedan modificados los artículos primero y segundo del Decreto número 3686 de 22 de diciembre de 1954.

Article 3

Artículo tercero. Este Decreto rige desde su expedición. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra, Encargado del Ministerio de Gobierno
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas