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decreto 2373 de 1991

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confieren los numerales 2 y 14 del artículo 189 de la Constitución Política

Article 1Créanse En El Consulado General De Colombia En La Habana, República De Cuba, Los Siguientes Cargos: Un (1) Cónsul General Grado Ocupacional 4 Ex, Con Una Asignación Básica Mensual De Dos Mil Ochocientos Sesenta Y Cuatro Dólares Con 47/100 (Us$ 2

° Créanse en el Consulado General de Colombia en La Habana, República de Cuba, los siguientes cargos: Un (1) Cónsul General Grado Ocupacional 4 EX, con una asignación básica mensual de dos mil ochocientos sesenta y cuatro dólares con 47/100 (US$ 2.864.47). Un Vicecónsul Grado Ocupacional 1 EX, con una asignación básica mensual de un mil ochocientos dieciséis dólares con 76/100 (US$ 1.816.76). Un (1) Auxiliar Administrativo 5 PA (local), con una asignación básica mensual de setecientos cincuenta y siete dólares con 90/100 (US$ 757.90). Un (1) Auxiliar Administrativo 3 PA (local), con una asignación básica mensual de seiscientos veinticuatro dólares con 15/100 (US$ 624.15).

Article 2Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores

° Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Article 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 18 de octubre de 1991. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Viceministro de Relaciones Exteriores, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores, Rodrigo Pardo Garcia Peña. El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hector Jose Cadena Clavijo.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 2 y 14 del artículo 189 de la Constitución Política
El Viceministro de Relaciones Exteriores, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público