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decreto 65 de 1957

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le 1 confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, Se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República

Article 1

Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de sesenta y ocho mil ciento cuarenta pesos con doce centavos ($ 68.140.12) moneda corriente, que se incorpora con Imputación al siguiente numeral:

Recursos del Crédito.

Article 2

Con base en el nuevo recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional extraordinario al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:

OBRAS E INVERSIONES CON RECURSOS DEL CREDITO

CAPITULO 549-A

Carreteras Nacionales.

Construcción, Reconstrucción y Pavimentación.

Article 15De La Ley 88 De 1931 Y E1 Decreto Legislativo Número 3203 De 1955 Y Según Las Estipulaciones Del Contrato De 9 De Septiembre De 1955 $ 68

Artículo primero. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de sesenta y ocho mil ciento cuarenta pesos con doce centavos ($ 68.140.12) moneda corriente, que se incorpora con Imputación al siguiente numeral: Recursos del Crédito. Numeral 118. Producto de la emisión de los Pagarés números 11 y 12 con intereses al 5% anual, expedidos a favor de Pardo, Restrepo & Santamaría, para financiar el 40% del costo de la construcción de la calzada automoviliaria Bogotá-Aeropuerto Internacional, conforme a las autorizaciones del artículo 15 de la Ley 88 de 1931 y e1 Decreto legislativo número 3203 de 1955 y según las estipulaciones del contrato de 9 de septiembre de 1955 $ 68.140.12 Total $ 68.140.12

Article 5597|3

Artículo segundo . Con base en el nuevo recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional extraordinario al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS. OBRAS E INVERSIONES CON RECURSOS DEL CREDITO CAPITULO 549-A Carreteras Nacionales . Construcción, Reconstrucción y Pavimentación. 202. Al artículo 5597|3. Para pagar a Pardo, Restrepo & Santamaría en los Pagarés números 9 y 10 con intereses al 5% anual, expedidos a su favor, el 40% de las obras ejecutadas en la construcción de la calzada automoviliaria al Bogotá-Aeropuerto Internacional, conforme a las autorizaciones del artículo 15 de la Ley 88 de 1931 y del Decreto legislativo número 3203 de 1955 y de acuerdo con las estipulaciones del contrato celebrado el 9 de septiembre de 1955 $ 68.140.12 Total $ 68.140.12

Article 3

Artículo tercero . El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición, y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese,

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra, encargado del Ministerio de Gobierno
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas