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decreto 1639 de 1945

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros en su sesión del día 6 de julio del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados en la ley de apropiaciones vigente, según consta en el acta respectiva

Article 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Obras Publicas Departamento: De! Valle Del Cauca

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Departamento: de! Valle del Cauca. CAPITULO 92 Del artículo 1640-A. Para gastos de conservación, adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales, según distribución que hará el Gobierno $ 2.500.00 Departamento del Valle del Cauca. CAPITULO 100 Al artículo 1904-A. Para, atender al pago de una zona de terreno de propiedad del señor Arcesio Jaramillo. ocupada por el Ferrocarril del Pacífico con anterioridad al año de 1932 $ 2.500.00 DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 96 Del artículo 1781. Para continuar la construcción de los cuarteles de Montería $ 50.000.00 MINISTERIO DE GUERRA CAPITULO 38 Al artículo 412. Para ampliación y conservación de edificios, bases marítimas y fluviales; arrendamientos, alumbrado, servicios de agua, energía eléctrica y teléfonos $ 50.000.00

Article 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha

° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro de Obras Públicas