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decreto 548 de 1930

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Article 1Redúcese A Tres El Número De Agentes De Policía Sanitaria De Puerto Colombia, Desde El 1° Del Presente, A Quienes Para Efectos Fiscales Se Les Reconoce Sueldo De $ 50 Mensuales Desde El Primero De Febrero Último, Por Venir Prestando Sus Servicios Desde Esa Fecha

° Redúcese a tres el número de Agentes de Policía Sanitaria de Puerto Colombia, desde el 1° del presente, a quienes para efectos fiscales se les reconoce sueldo de $ 50 mensuales desde el primero de febrero último, por venir prestando sus servicios desde esa fecha.

Article 2Desde El Primero Del Presente Se Reducen A Dos Los Sirvientes De La Estación Sanitaria De Puerto Colombia, Con Asignación Mensual De $ 30, Señalada Por La Resolución Número 92, Dictada Por El Ministerio De Gobierno En 1929

° Desde el primero del presente se reducen a dos los sirvientes de la Estación Sanitaria de Puerto Colombia, con asignación mensual de $ 30, señalada por la Resolución número 92, dictada por el Ministerio de Gobierno en 1929.

Article 3Queda En Estos Términos Modificado El Decreto Número 233 Del Presente Año

° Queda en estos términos modificado el Decreto número 233 del presente año. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional