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decreto 256 de 1945

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 2 de febrero del año en curso, autorizó, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Gobierno, según consta en el acta respectiva

Article 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto, Vigente: Ministerio De Gobierno Capitulo 17 Del Artículo 155

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto, vigente: MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO 17 Del artículo 155. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 41 de 1942, relacionado con el pago de sueldo a los Secretarios de los Jurados Electorales, en el año $ 38.412.00 CAPITULO 16 Al artículo 131. Para sueldos del personal de nómina de la Imprenta y Litografía Nacionales, en el año $ 38.412.00

Article 2° El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha

Articulo 2 ° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de la Economía Nacional, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público