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decreto 38 de 1957

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

En uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional y CONSIDERANDO: Que por el Decreto numero 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaro turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República

Whereas · 1 recital

Que por el Decreto numero 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaro turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República;

Article 1

Artículo Primero Destinase, por una sola vez, la cantidad de veinte mil pesos ($20.000.00) Moneda corriente, para atender toda clase de gastos, distintos de remuneraciones, que demanden las actividades del "Comité Nacional del Año Geofísico Internacional 1957 a 1958", la cual se girara por conducto del Contador-Pagador del Instituto Geográfico Militar, quien atiende al manejo De estos fondos.

Article 2

Artículo segund o : Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos para la vigencia Fiscal en curso:

Article 3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Suspende Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese,

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas