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decreto 3017 de 1982

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y CONSIDERANDO: Que se hace necesario adicionar el artículo segundo del Decreto 2114 del 19 de julio de 1982, por el cual se aumenta el subsidio para enfermos de Hansen y se reglamenta su pago, incluyendo a continuación de la frase "gastos de alimentación el vocablo "otros" con el fin de dar amplitud a los ordenadores de dar debida aplicación a los sobrantes que resulten una vez adquiridos, los alimentos por la institución, en beneficio de los mismos enfermos.

Whereas · 1 recital

Que se hace necesario adicionar el artículo segundo del Decreto 2114 del 19 de julio de 1982, por el cual se aumenta el subsidio para enfermos de Hansen y se reglamenta su pago, incluyendo a continuación de la frase "gastos de alimentación el vocablo "otros" con el fin de dar amplitud a los ordenadores de dar debida aplicación a los sobrantes que resulten una vez adquiridos, los alimentos por la institución, en beneficio de los mismos enfermos.

Article 1Decreto 2114 De 1982

Artículo primero . Adicionar el artículo segundo del Decreto número 2114 del 19 de julio de 1982, por el cual se aumenta el subsidio para enfermos de Hansen y se reglamenta su pago, quedando así: El subsidio de que trata el artículo anterior, corresponde a los enfermos que se hallen hospitalizados y se pagará "así ochenta y tres pesos con treinta centavos ($ 83.36) moneda corriente, a la institución respectiva para gastos de alimentacióny otros, y treinta y seis pesos ($ 36.00) moneda corriente, para que lo entreguen directamente al beneficiario.

Article 2

Artículo Segundo . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese,

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y
El Ministro de Salud